La Ley 10.620 le asigna, entre otras, las siguientes:
- Llevar los registros de las matrículas y antecedentes disciplinarios de los matriculados.
- Velar para que sus miembros cumplan con las constituciones y leyes nacionales y provinciales.
- Dictar normas técnicas a que deberán ajustarse los matriculados y establecer el régimen de incompatibilidades para su actividad profesional.
- Fiscalizar el ejercicio de actos que importen o sean definidos como incumbencia profesional por terceros no matriculados.
- Proponer al Poder Ejecutivo los anteproyectos de normas relacionadas con el ejercicio de las distintas profesiones de Ciencias Económicas. Para coadyuvar al cumplimiento de sus fines, el Consejo creó el Instituto de Post Grado e Investigación Técnica, el Comité de Acción Fiscalizadora del Ejercicio Ilegal de las Profesiones y Comisiones Asesoras.