Préstamos

 

 

La Caja tiene a su cargo las siguientes líneas de préstamos:

  • Profesional
  • Profesional a sola firma
  • Asistencial
  • Iniciación
  • Jubilados y Pensionados
  • Capacitación Profesional
  • Eventos
  • Promoción Consejo Profesional y para compra de material de actualización profesional
  • Hipotecario (SUSPENDIDOS)
  • Jóvenes Matriculados
  • Para Inclusión Previsional
  • Para Emergencia Climática

Préstamo Profesional:

No requiere indicar destino específico, solo se puede otorgar con la garantía de otro matriculado que cumpla los requisitos reglamentarios.

Préstamo Profesional a sola firma:

Se podrá otorgar siempre y cuando el afiliado reúna estas condiciones: a) posea una antigüedad en la afiliación a la Caja de Seguridad Social no menor a cinco (5) años inmediatos anteriores a la fecha de solicitud del crédito. b) reúna la condición de “Aportante con buen cumplimiento”.

Préstamo Asistencial:

Se otorga para atender gastos de enfermedad o accidente de los afiliados en actividad, jubilados o pensionados, o de los integrantes de su grupo familiar primario, previo dictamen de la Asesoría Médica de la Caja. A estos efectos, se considera grupo familiar primario al cónyuge y los hijos, hijas, hijastros e hijastras solteros de hasta 25 años de edad inclusive y los padres del solicitante.

Préstamo de Iniciación:

Se destina a los afiliados que comiencen en el ejercicio de la profesión, debiendo haber realizado el trámite de inscripción en la matrícula del C.P.C.E.P.B.A. dentro de los 5 años posteriores a la fecha de graduación consignada en el título profesional. No se concederá este préstamo a quienes tengan más de 18 meses de matriculado.

Préstamo para Jubilados y Pensionados:

Se otorga sin especificación de destino, a los jubilados y pensionados de la Caja de Seguridad Social.

A los fines del reglamento de préstamos se consideran Jubilados los profesionales que a la fecha de solicitud del préstamo posean su matrícula cancelada en la Provincia de Buenos Aires, como así también aquellos afiliados activos que se encuentren gozando del beneficio de jubilación y que a la fecha de solicitud tengan 70 o más años de edad como así también para aquellos que cumplan dicha edad durante el plazo de amortización del préstamo.

Los afiliados jubilados que cumplan 70 años durante el plazo de amortización del préstamo, deberán ejercer la opción entre la línea de préstamos para jubilados y el resto de las líneas para afiliados activos establecidas.

El préstamo para jubilados y pensionados se acordará a sola firma a aquellos solicitantes que a la fecha de vencimiento de la última cuota del préstamo no hayan cumplido los 70 años de edad, caso contrario deberán presentar un fiador que reúna los requisitos exigidos por el reglamento de préstamo.

La cuota del crédito será descontada mensualmente del haber previsional que percibe el beneficiario.

Préstamo para Capacitación Profesional:

Se otorgan para financiar actividades de capacitación profesional a través de carreras de postgrado universitario, ya sea organizado directamente por Universidades, por el Instituto de Postgrado e Investigación Técnica (IPIT), o por Instituciones afines. Los fondos acordados serán transferidos en forma directa a la Institución que tenga a su cargo la realización de la actividad de postgrado.

Préstamo para Eventos:

Estos préstamos se otorgarán para financiar determinadas actividades en las cuales participen profesionales de Ciencias Económicas, tales como Congresos, Jornadas, Seminarios y otros eventos. La Caja de Seguridad Social determinará qué evento financia y establecerá, en ese caso, una línea de préstamo específica.

Préstamos promocionales Consejo Profesional y para compra de material para actualización profesional:

Mediante esta línea se permite financiar la adquisición de cualquier material promocionado por el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires; como así también de material bibliográfico, hardware y software especializado que permita la actualización y desarrollo del ejercicio profesional.

Préstamo Hipotecario (SUSPENDIDOS):

El préstamo hipotecario comprende:

  1. Préstamo Hipotecario sin destino específico, sobre inmueble a gravar propio, o de tercero inscripto en el Registro de la Propiedad con anterioridad a la solicitud del préstamo.
  2. Préstamo Hipotecario para compra o construcción, ampliación, refacción y sus diversas combinaciones, de inmuebles de titularidad del adjudicatario.

En ambos casos, los inmuebles a gravar con garantía real hipotecaria en primer grado a favor de la Caja deberán encontrarse ubicados dentro del territorio de la República Argentina.

En todos los casos el porcentaje máximo de financiación se establece en el 60% del valor de tasación del inmueble a gravar.

Préstamos Jóvenes Matriculados:

Este préstamo se acordará a aquel afiliado cuya matriculación se haya producido con anterioridad a los 32 años de edad. El préstamo deberá ser requerido dentro de los 12 meses contados a partir de la fecha de matriculación, o hasta 31 de diciembre del año en que se cumpla los 32 años de edad, lo que fuera anterior. No se requiere fiador.

Préstamo para Inclusión Previsional:

Esta línea de préstamos está orientada a aquellos profesionales que revisten la calidad de “Joven Graduado”, que según las normas de nuestro Consejo Profesional de Ciencias Económicas son aquellos profesionales con hasta 32 años de edad, condición que cesa el 31 de diciembre del año en que se cumple la mencionada edad, a los que se le dificulta la matriculación debido a que al inicio de su actividad profesional no generan recursos suficientes que les permitan afrontar el pago del aporte mínimo a nuestra Caja de Seguridad Social.

El préstamo permite financiar un total de hasta 24 meses de aportes mínimos, los cuales serán inmediatos posteriores a la fecha de matriculación, con la limitación de que el mencionado período de financiación no podrá exceder la edad hasta la cual se reviste la calidad de “Joven Graduado”.

Deberá solicitarse, de manera excluyente, al momento de iniciar el trámite de matriculación ante nuestro Consejo Profesional y debe estar garantizado por un fiador que reúna los recaudos exigidos en el artículo 5° del Reglamento de Préstamos.

Préstamo para Emergencia Climática:

Se instituye una línea de préstamos de emergencia para afiliados que sean titulares de estudio profesional y/o vivienda de ocupación permanente radicados exclusivamente en las zonas y/o localidades declaradas en “Emergencia Climática” por la Mesa Directiva de Consejo Profesional.
Dicho préstamo es personal y tendrá como finalidad atender las pérdidas parciales o totales sufridas en los inmuebles afectados.
El monto máximo para esta línea de préstamo será aprobado por la Mesa Directiva de Consejo Profesional en oportunidad de declarase la emergencia climática.

Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires

Diag. 74 N°1463
Tel. 0221 - 441 4100 | 512 6000
B1900BZK | La Plata | CUIT 30-53118349-1
www.cpba.com.ar
Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires

Diag. 74 N°1463
Tel. 0221 - 441 4141 | 512 6060
B1900BZK | La Plata | CUIT 30-59942184-6
www.cpba.com.ar