La creación de la Caja de Seguridad Social para los Profesionales en Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, se concretó con el dictado del Decreto Ley 9.963/83, vigente desde el 3 de agosto de 1983 y constituyó un importante logro hacia la consolidación de la Seguridad Social de los Profesionales en Ciencias Económicas en el ámbito provincial.
Este acontecimiento satisfizo el anhelo de gran número de profesionales que en distintas épocas y oportunidades habían trabajado para conseguir un sistema previsional propio.
Con fecha 2 de agosto de 2001, entró en vigencia la Ley 12.724. Esta nueva norma legal introdujo conceptos innovadores en materia previsional, mereciéndose destacar que:
- El sistema mantiene vigente el componente solidario por intermedio de la jubilación básica que retribuye los aportes mínimos.
- Para los aportes que excedan dichos mínimos, se creó un régimen que otorga un beneficio previsional adicional. Los montos que integran este régimen capitalizan los rendimientos financieros netos que obtiene la Caja por el conjunto de sus inversiones.
- Permite la percepción de la jubilación ordinaria manteniendo la matrícula vigente para el ejercicio de la profesión, realizando los aportes correspondientes.
Nuestra Caja de Seguridad Social mantiene una constante adecuación a los tiempos, realizando cambios de acuerdo a las distintas realidades económicas, políticas, sociales y previsionales.
La búsqueda de soluciones es el objetivo permanente de toda la comunidad profesional, que en distintos tiempos tuvo oportunidad de realizar su aporte para consolidar el sistema.
El 10 de febrero de 2009 fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires la Ley 13948, modificatoria de los artículos 10, 27 y 33 de la ley 12724, que resultó de aplicación práctica a partir del 1 de marzo del mismo año.
Entre las modificaciones dispuestas, se destaca la contribución del 5% a cargo de los comitentes sobre honorarios correspondientes a tareas que requieran autenticación de la firma del afiliado por ante el Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires y sobre aquéllos que surjan de regulaciones de actuaciones en el ámbito de la Justicia.
La mencionada contribución se destinará al financiamiento de los haberes básicos de las prestaciones de nuestro sistema de previsión social o de otras prestaciones previsionales conforme lo determine la Asamblea, y en ningún caso integrarán la cuenta individual de aportes mínimos o excedentes del afiliado actuante.
Otra modificación se refiere al plazo de 180 días a partir de cada cierre de ejercicio económico, establecido en la ley para convocar a Asamblea Ordinaria, que ahora ha sido fijado en seis meses, en concordancia con lo establecido en el artículo 53 de la ley 10.620, orgánica del Consejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Buenos Aires, respondiendo a aspectos operativos de ambas instituciones.
Hoy es el camino, lo transitamos con la confianza que nos da nuestra corta pero rica historia y con la fe en los hombres que se encuentran comprometidos y trabajando en la institución.
Galería de Ex Presidentes
Mariano Rivas 1983-1985 |
Alfredo Jesús Irisarri 1985-1986 |
Roberto Albano Beighau 1986-1987 |
Rodolfo Dell’ Oso 1987-1999 |
Norberto Pérez Novarini 1999-2003 |
Carlos Pablo Barrero 2003 |
Hugo Roberto Giménez 2003-2011 |
Dr. Ricardo Arzoz 2011-2019 |